Iglesia colombiana recibe con esperanza anuncio de Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos

11
Feb
2021

Bogotá.- Un instrumento valioso que facilitará los procesos de acogida, protección, promoción e integración de la población migrante; es como recibe la Iglesia colombiana el anuncio por parte del gobierno según el cual implementará un Estatuto de Protección Temporal para Migrantes venezolanos.

El director del Secretariado Nacional de Pastoral Social Cáritas colombiana, Monseñor Héctor Fabio Henao, indicó que la población migrante proveniente de Venezuela generalmente se une a un grupo de desplazados internos, víctimas de delitos como la trata y tráfico de personas enfrentando situaciones de exclusión, discriminación, rechazo y estigmatizaciones por parte de la población colombiana. Poner marcha este estatuto es un gesto de fraternidad que permitirá garantizar los derechos de los migrantes.

La Iglesia reiteró su compromiso de ofrecer acompañamiento a los migrantes, desplegando acciones caritativas a favor de esta población, impulsando políticas públicas que ofrezcan soluciones duraderas y sostenibles para las personas necesitadas de protección internacional.

Los beneficiados

El Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos beneficiará a 1,7 millones de migrantes venezolanos residentes en Colombia.

En su contenido tendrá tres grupos de cobertura:

– Migrantes regulares que tengan el permiso especial de permanencia bajo algunas de las modalidades de autorización para estar en Colombia.

– Migrantes irregulares que hayan ingresado antes del 31 de enero de 2021.

– Migrantes regulares que ingresen a territorio nacional durante los dos primeros años de vigencia del Estatuto Temporal.

Quienes ingresen por trocha o paso irregular no estarán cobijados por el Estatuto. En consecuencia, estarán en riesgo de ser expulsados o deportados atendiendo a las medidas migratorias. Los migrantes que deseen acceder a este sistema y actualmente se encuentren en Venezuela, deberán ingresar al país a través de un puesto de control migratorio, es decir, de manera regular, proceso que deben efectuar durante los dos primeros años.

Objetivos del Estatuto

El Estatuto de Protección Temporal no contempla ciudadanía ni derecho a voto en Colombia, sino que otorga un estatus migratorio y al cabo de 10 años la posibilidad de recibir una visa de residente. La regularización no implica nacionalización. El objetivo del Estado es la creación de una base de datos que tenga información clara sobre esta población y así diseñar e implementar políticas de inclusión.

En el 2020, Migración Colombia alcanzó un rango de inversión de 14 mil millones de pesos en el proyecto de identificación biométrica que se adelantó primero con la población regular que se fue integrando al Registro Único de Migrantes venezolanos.

Prensa CEV
Nota de prensa CELAM
11 de febrero de 2021