“A la ciudad y al mundo”: Conoce la Solemne Bendición Papal Urbi et Orbi

26
Mar
2020

Caracas.- Este viernes 27 de marzo a las 6:00 pm, hora local de Roma, 1:00 pm hora de Venezuela, el Papa Francisco dará la Bendición Urbi et Orbi de manera extraordinaria, durante la Statio Orbis, que será transmitida en Mondovisione y en Vatican News, en razón de la actual pandemia que mantiene a las personas en casa y que ha cobrado la vida de miles alrededor del mundo.

Urbi et orbi, palabras que en latín significan «A la ciudad y al mundo», es la bendición más solemne que imparte el Papa, y sólo Él; dirigida a la ciudad de Roma y al mundo entero. Se realiza durante el año siempre en dos fechas: el Domingo de Pascua y el día de Navidad, 25 de diciembre. También es impartida por el Papa el día de su elección; es decir, al final del cónclave, en el momento en que se presenta ante Roma y el mundo como nuevo sucesor de San Pedro.

Durante el rezo del Ángelus del 22 de marzo, el Sumo Pontífice expresó: “Presidiré un momento de oración en el atrio de la Basílica de San Pedro. Con la plaza vacía. Desde ahora invito a todos a participar espiritualmente a través de los medios de comunicación. Escucharemos la Palabra de Dios, elevaremos nuestra súplica, adoraremos al Santísimo Sacramento, con el cual al término daré la Bendición Urbi et Orbi y a la cual se añadirá la posibilidad de recibir la indulgencia plenaria

La indulgencia Plenaria en la bendición Urbi et Orbi se cumple para toda aquella persona que la reciba con fe y devoción, incluso si la recibe a través de los medios de comunicación de masas (televisión, radio, internet, etc.), cumpliendo también las condiciones prescritas por la Penitenciaría Apostólica de la Santa Sede.

Indulgencias especiales en tiempos de pandemia

El 20 de marzo de 2020, la Penitenciaría Apostólica de la Santa Sede hizo público un decreto relativo a la concesión de indulgencias especiales a los fieles, en medio de la actual situación que enfrenta el mundo ante la Pandemia por COVID-19. Las condiciones para recibir tales indulgencias son las siguientes:

Indulgencia plenaria a los fieles enfermos de Coronavirus sujetos a cuarentena:

Indulgencia plenaria a quienes, por orden de autoridades sanitarias en los hospitales, o en sus propias casas, se encuentren en estado de cuarentena, si “con espíritu desprendido de cualquier pecado”, se unen espiritualmente, a través de los medios de comunicación, a la celebración de la Santa Misa, al rezo del Santo Rosario, a la práctica piadosa del Vía Crucis; o si, al menos, rezan el Credo, el padre Nuestro y una piadosa invocación a la Santísima Virgen María. También son válidos los rezos del himno Akàthistos a la Madre de Dios o del Oficio de la Paràklisis a la Madre de Dios, o a otras oraciones de las respectivas tradiciones orientales.

Todo esto, “ofreciendo esta prueba con espíritu de fe en Dios y de caridad hacia los hermanos, con la voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), apenas les sea posible.”

Indulgencia plenaria a quienes cuiden a los enfermos:

El decreto indica además que, bajo las mismas condiciones descritas con anterioridad, también se podrán obtener el don de la Indulgencia plenaria los agentes sanitarios, los familiares y todos aquellos que, “siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de contagio, cuidan de los enfermos de Coronavirus según las palabras del divino Redentor: «Nadie tiene mayor amor que éste: dar la vida por sus amigos» (Jn 15,13)”.

Indulgencia plenaria a los fieles que oran por el fin de la pandemia:

De igual forma, cumpliendo con los requisitos antes descritos, la Penitenciaría Apostólica concede a los fieles que imploren a Dios el fin de la pandemia, el alivio de los afligidos y la salvación eterna de quienes han partido de este mundo a causa de la pandemia, ofreciendo por estas intenciones la visita la Santísimo Sacramento, la Adoración Eucarística, la lectura de la Sagrada Escritura durante al menos media hora, el rezo del Santo Rosario, el himno Akàthistos a la Madre de Dios, el ejercicio piadoso del Vía Crucis, el rezo de la corona de la Divina Misericordia, o el Oficio de la Paràklisis a la Madre de Dios u otras formas de tradiciones orientales de pertenencia y devoción.

Indulgencia plenaria a quienes estén “en punto de muerte”:

Finalmente, el decreto expresa que “la Iglesia reza por los que estén imposibilitado de recibir el sacramento de la Unción de los enfermos y el Viático”, y que encomendando a cada uno de ellos a la Divina Misericordia, concede el don de la Indulgencia plenaria a quienes estén en punto de muerte “siempre que estén debidamente dispuestos y hayan rezado durante su vida algunas oraciones. En este caso, la Iglesia suple a las tres condiciones habituales requeridas. Para obtener esta indulgencia se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.

Prensa CEV
26 de marzo de 2020